¿Sabes lo que es la Psicología Jurídica? ¿Para qué sirve un informe pericial?
Hoy en este artículo me gustaría transmitir la idea de qué es la Psicología Jurídica o forense y de cuál es el trabajo que realiza un forense. La psicología Jurídica es una especialidad dentro de la propia Psicología, es un cuerpo especializado que cada vez más se requiere del conocimiento de su ciencia en los Juzgados.
La prueba pericial tal y como está redactada en la Ley de Enjuiciamiento Civil supone un medio de información al Juez que puede ser usado “cuando, para conocer o apreciar algún hecho de influencia en pleito se haga necesaria o convenientes conocimientos científicos, artísticos o prácticos” (Artículo 610). No es tanto un medio de prueba sino como un medio auxiliar del Juez para ofrecer a éste, en nuestro caso, la información que resulte de conocimientos propios de un ámbito profesional y una disciplina científica
Es decir, bajo mi disciplina, los psicólogos somos requeridos como expertos para “auxiliar” al Juez en la toma de decisiones a través de nuestros informes técnicos o periciales sobre por ejemplo la idoneidad de la guardia y custodia de los hijos en casos de separación y divorcio. Por ello un informe pericial debe reunir una serie de características y debe estar regido por el Código Deontológico de nuestra disciplina.
Los psicólogos peritos pueden ser requeridos para multitud de tareas pero en este artículo me quiero centrar en la intervención de psicólogo en los Juzgados de Familia. Aquí el psicólogo puede ser llamado para solventar los problemas sobre la guarda y custodia, en casos de custodia compartida, en el establecimiento así como modificación de medidas y régimen de visitas, para la nulidad civil… los casos en los que más se suele solicitar la intervención del perito es para procedimientos relacionados con la custodia y el régimen de visitas.
¿Cuál es la función del perito?
Del perito se requiere que proporcione “luz” dentro de un proceso con una alta intensidad de conflicto y que el propio proceso judicial no ayuda a mitigar, que aclare, que ayude a comprender la situación problemática y las consecuencias futuribles de la problemática actual. Se nos pide que hagamos una “predicción” de cuales pueden llegar a ser las consecuencias de elegir una u otra opción, por ejemplo en el caso de guarda y custodia. Esto es bastante complicado puesto que predecir el éxito o no de una opción u otra al cien por cien se escapa de nuestras posibilidades puesto que las familias cambian con el tiempo, las personas cambian, las situaciones personales, sociales, laborales cambian por esto nuestro trabajo estaría centrado en las circunstancias en las que se realiza dicha pericial.
Nuestra actuación debe estar regida por los estándares de nuestra disciplina y nuestra tarea es llevar a cabo un proceso rigurosamente técnico tanto en el proceso de evaluación como en el de la elaboración de nuestro informe para que sea lo más predecible posible.
El perito debe realizar un proceso de evaluación muy amplio en el que lo ideal es que las dos partes en conflicto (los cónyuges que se quieren separar) estén dispuestas a formar parte de ella para que todo sea lo menos difícil posible especialmente si el matrimonio tiene hijos.
Diferencia entre Informe Terapéutico e Informe Pericial
El informe psicológico es un documento escrito donde se presentan los resultados de las exploraciones efectuadas, a partir de las que se realizan unas recomendaciones concretas o se derivan determinados tratamientos. (Fernández Ballesteros, 1983)
En el caso del informe pericial, es un informe técnico que no está sujeto a los límites de la confidencialidad y en el cual el psicólogo experto por ejemplo en Derecho Civil, en familias, va a realizar una evaluación muy compleja de todos los miembros del sistema familiar y de la relación entre ellos para llegar a unas conclusiones que finalmente quedarán reflejadas en el informe. Debe ser un escrito centrado y debe responder a aquello que el Juez nos solicita.
Algunos aspectos a tener en cuenta a la hora de elegir un perito:
Que está colegiado.
Que tenga conocimientos y formación específica en el área que va a trabajar.
Que esté reconocido por su colegio como Psicólogo Forense.
Que prime la objetividad del informe.
Tu perito no puede ser el mismo psicólogo que lleva tu proceso terapéutico.
Siempre abogo por la especialización en cualquier área del conocimiento y en este también puesto que la Psicología Jurídica se mueve en unos términos y se relaciona en un contexto que no es el campo terapéutico sino que es la Psicología especializada en el campo del Derecho por lo que necesita de unos conocimientos específicos y propios del campo en el que se desenvuelve.
Mª Teresa Martínez